La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia ha convocado las subvenciones para artesanos y empresas de artesanía de la Región de Murcia, dirigidas a ampliar la producción y calidad de las mismas, así como a mejorar su comunicación y comercialización.
En el marco del convenio suscrito entre UPTA y el Ayuntamiento de Murcia y Murcia Emplea ofrecemos a continuación los puntos más importantes de la convocatoria:
Orden de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos por la que se modifica la Orden de 13 de junio de 2016 de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas en la Región de Murcia. BORM 69 de 24 de marzo de 2023.
Extracto de la Orden de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos por la que se convocan subvenciones a los artesanos/as individuales y empresas artesanas de la Región de Murcia para el año 2023. BORM 107 de 11 de mayo de 2023.
OBJETO
Diseño e innovación, potenciación de la actividad productiva, mejoras en la seguridad y calidad de talleres y productos, y aumento de la comercialización.
BENEFICIARIOS
Empresas artesanas y artesanos/as individuales, considerados Micro empresa, que elaboren productos artesanos y cuyo taller esté en la Región de Murcia.
OBLIGACIONES Y DOCUMENTACIÓN MÁS IMPORTANTE
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y no estar incurso en prohibición alguna para recibir subvenciones. Ser micro emprensa, categoría PYME, menos de 10 de trabajadores.
- Proyecto/memoria de la inversión y desglose presupuestario del mismo.
- Declaración responsable si se ha solicitado otra subvención o ayuda para los mismos fines.
- Declaración responsable de cumplimiento de la ley 4/2009 de 14 de mayo, de protección ambiental integrada, si se trata de actuaciones referidas a construcción con tratamiento de residuos.
Si no se encuentra en el registro de artesanos de la Región de Murcia deberá justificar la solicitud con:
- Constitución y estatutos actualizados, en el caso de personas jurídicas, o D.N.I. en el caso de personas físicas.
- Declaración Responsable para la licencia de actividad del taller artesano, si procede, así como de la licencia fiscal correspondiente.
- Catálogo que ilustre claramente el/los producto/s que realiza.
- Memoria descriptiva de las materias primas y proceso productivo, con imágenes, que sea concordante con la definición de artesanía del artículo 3 de la Ley 1/2014, de 13 de marzo, de Artesanía de la Región de Murcia, modificada por la Ley 5/2015, y se cumpla con la descripción del oficio establecido en el Repertorio de Artesanía de la Región de Murcia.
- Certificados reglamentarios de seguridad de los productos para su puesta en el mercado.
Los trabajadores autónomos deberán aportar, además:
Empadronamiento en la Región de Murcia con al menos un año de anterioridad a la solicitud y certificado de la Seguridad Social que acredite al menos un año en el oficio por el que solicita inscripción e informe de vida laboral.
Si se trata de artesanos dedicados a la perfumería, herboristería, cosmética y/o alimentación, se recomienda revisar los requisitos adicionales.
CUANTÍAS PARA ACCIONES SUBVENCIONABLES
1.- Máximo de 3.000-.€ IVA no incluido, sumando las distintas actuaciones, contando que el importe máximo por actuación es del 80%.
2- – Actuaciones subvencionables:
En relación a la producción, calidad y TIC’s:
- Obras para la primera instalación, ampliación, traslado o reforma de sus instalaciones y medios de producción. 3.000-€ IVA no incluido.
- Nueva adquisición de maquinaria y enseres para los talleres artesanos. 3.000-€ IVA no incluido.
- Adquisición de sistemas con nuevas tecnologías en los sistemas productivos del artesano. 3.000-€ IVA no incluido.
- Adquisición de sistemas de seguridad en la maquinaria e instalaciones de los talleres artesanos. 3.000-€ IVA no incluido.
- Contratación de ensayos en laboratorios acreditados para certificar el producto final. 1.000-€ IVA no incluido.
En relación a la comunicación y comercialización:
- Costes de desarrollo y mejora de webs y comercio electrónico. 1.000-€ IVA no incluido.
- Costes de inscripción en muestras y ferias profesionales dentro o fuera de la Región de Murcia. 2.000-€ IVA no incluido.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
Salvo que el INFO ya cuente con la documentación requerida a los solicitantes en las bases regulatorias, los mismos deberán aportar la siguiente documentación:
- Estatutos sociales vigentes.
- Acreditación de la representación del firmante de la solicitud.
- Certificados de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Situación censal en la AEAT no superior a 6 meses.
- Última declaración del Impuesto de Sociedades.
- Certificado cuenta bancaria para el abono de la ayuda.
- Detalle curricular del personal del proyecto.
- Detalle de participación en otros proyectos europeos.
- Certificado de las redes, vehículos de inversión o fondos que acrediten su colaboración activa en materia de emprendimiento.
- Distintivos de igualdad y de calidad digital.
Las bases reguladoras pueden consultarse en la siguiente dirección:
https://www.borm.es/#/home/anuncio/24-03-2023/1811
PLAZO
60 días hábiles desde la convocatoria. Hasta el 14 de Agosto.
INFORMACIÓN
info.murcia@upta.es
www.uptamurcia.es/