El Gobierno regional inyectará 600 euros por beneficiario para compensar la caída de beneficios de los comerciantes

La Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA) ha conseguido la aplicación de medidas efectivas para paliar el efecto de la inflación en los trabajadores autónomos de la Región de Murcia.

La posición de UPTA en el Consejo Asesor Regional del Trabajo Autónomo de la Región de Murcia ha sido determinante para que la administración regional implemente líneas de acción que, en el menor plazo de tiempo posible, contribuyeran a dar estabilidad a los autónomos que están padeciendo los efectos de la subida de la inflación, derivada a su vez de la guerra en Ucrania. En esta línea, tanto el Consejo Asesor como la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, han tenido a bien recoger las aportaciones de UPTA para que las ayudas se efectúen con todas las garantías.

El Gobierno regional subvencionará con seiscientos euros a cada persona comerciante para compensar la caída de beneficios. Serán objeto de esta ayuda los beneficios netos comprendidos en la cuenta de resultados entre los ejercicios 2022 y 2021.

Los beneficiarios han de ser comerciantes minoristas (CNAE 47) y con un máximo de dos trabajadores. Deberán aportar un conjunto de declaraciones responsables que acrediten dicha variación negativa en sus beneficios, así como la documentación fiscal correspondiente para justificar así asumir la obligación de mantenimiento de la actividad al menos tres meses.

En el marco del convenio suscrito con el Ayuntamiento de Murcia y Murcia Empleo, ofrecemos a continuación la información sobre los puntos más importantes:

Orden de la Consejería de Empresa, Economía social y Autónomos.

  • Bases reguladoras la concesión de subvenciones a personas trabajadoras autónomas de la RM para luchar contra la inflación, BORM 27 de marzo de 2023.
  • Extracto de la Orden de la Consejería de Empresa, Economía Social y Autónomos por la que se convocan subvenciones dirigidas a personas trabajadoras autónomas del sector comercio minorista para luchar contra la inflación.

 

FINALIDAD DE LA ORDEN

La Orden reconoce expresamente que:

  • La inflación actual “afecta a la ciudadanía en general y a los empresarios autónomos en particular”, que los “autónomos son motor de la actividad económica y del empleo regional”.
  • Que esta orden se enmarca en la “Orden del 11 de mayo de 2020, de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades, BORM 108, y sus sucesivas modificaciones. (Orden 17/6/2020, BORM 140, de 19 de junio / Orden 16/10/2020 – BORM 242 de 19 de octubre / Orden 28/9/2021 – BORM 228 de 19 de Octubre)
  • Dentro de la I Estrategia Integral del Empleo Autónomo pretende otorgar fluidez al circulante.
  • Tiene como destinatarias a las personas trabajadoras autónomas pertenecientes al comercio minorista de la Región de Murcia.
  • Se establece una prestación económica única por cuantía de seiscientos euros, con la finalidad de apoyar el mantenimiento de la actividad de las personas trabajadoras autónomas pertenecientes al comercio minorista de la Región de Murcia.

PROCEDIMIENTO

1-Se otorgan las ayudas hasta el límite del crédito presupuestario establecido en la convocatoria.

2-Se ordenan las solicitudes en función de los mayores porcentajes de caídas de rendimientos netos obtenidos durante el ejercicio 2022 en relación con el ejercicio 2021, conforme a las declaraciones responsables realizadas por los solicitantes. Si dos solicitudes son exactas en caída de rendimiento se otorgan las ayudas por riguroso orden de entrada.

BENEFICIARIOS

 1-Aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos con los siguientes requisitos:

Tener domicilio fiscal en la Región de Murcia, estar afiliadas al RETA a la fecha de publicación de la convocatoria, pertenecer al comercio minorista, con el código correspondiente en el CNAE y que conste como actividad principal en la vida laboral.

Los solicitantes deberán aportar la documentación para demostrar haber tenido caída de rendimientos netos entre el ejercicio 2022 y 21.

2-Quedan excluidos:

Quienes tengan más de dos trabajadores / los autónomos colaboradores y familiares

 

OBLIGACIONES

 1-Someterse a la normativa de supervisión.

2-Reintegrar la cuantía si es beneficiario de ayudas incompatibles con la orden de convocatoria.

3-Presentar la documentación de caída de rendimientos entre los ejercicios 2022 y 21 en el momento posterior a la solicitud o simultáneamente cuando se disponga de ella.

4-Mantener el alta en el RETA, comercio minorista, al menos tres meses después de la concesión.

 

SOLICITUDES

1-Someterse a la normativa de supervisión.

2-Reintegrar la cuantía si es beneficiario de ayudas incompatibles con la orden de convocatoria.

3-Presentar la documentación de caída de rendimientos entre los ejercicios 2022 y 21 en el momento posterior a la solicitud o simultáneamente cuando se disponga de ella.

4-Mantener el alta en el RETA, comercio minorista, al menos tres meses después de la concesión.

5-El plazo de solicitud es del 1 al 25 de abril de 2023.

 

DOCUMENTACIÓN

1-Formulario cumplimentado y firmado.

2-Declaración responsable de porcentaje de caída de rendimientos

3-Documentación sobre rendimientos netos obtenidos en ambos ejercicios.

4-Declaración responsable de estar al corriente de todas las obligaciones tributarias.

5-Declaración responsable sobre cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de subvenciones.

6-Compromiso del cumplimiento del Código de Conducta en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia.

7-Compromiso de comunicar cuantas subvenciones en trámite u otorgadas por administraciones públicas relacionadas con la actividad subvencionada.

8-Declaración responsable donde conste que cumple con todos los requisitos para ser objeto de esta ayuda.

9-Declaración responsable sobre no tener más de dos trabajadores.

10-Declaración responsable sobre cumplimiento del régimen de “minimis”.

11-Autorizar a la Administración para la comprobación de todos los requisitos.

12-Documento bancario con IBAN/NIF/Nombre del titular que coincida con el solicitante y el Informe de la Vida laboral donde conste el CNAE de la actividad principal.

 

DEMOSTRACIÓN DE CAÍDA DE RENDIMIENTOS NETOS

1-Autónomos que su sistema de tributación en Renta de Estimación Objetiva (EO): modelo 131 del 4ºT de 2022 y 2021.

2-Autónomos que su sistema de tributación en Renta Directa Simplificada (EDS): modelo 130 del 4T de 2022 y 2021.

3-Autónomos que su sistema de tributación en Renta sea en Estimación Directa Normal o Simplificada (EDNS) y que no tengan obligación de presentar el 130 deberán presentar memoria de rendimientos netos de 2022 y 2021 y la Declaración de la Renta de esos ejercicios.

4-Autónomos societarios que tributen como Rendimientos del Trabajo por relación con su entidad jurídica, deberán presentar memoria de rendimientos netos de 2022 y 2021 y la Declaración de la Renta de esos ejercicios.

 

DIRECCIONES Y ENLACES

 Toda la información se encuentra en la web: autonomos.carm.es o puede solicitar información en el correo: autonomos@carm.es

El teléfono de la Consejería, de 9:00 a 14:00, es el 968 36 51 27 / 968 37 54 12.